Visto bueno de obra en áreas de monumentos arqueológicos o en que se presuma su existencia.


  • ¿Por qué debes realizar el trámite?
  • Porque así lo establecen los Artículos 42, 43 y 44 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.

  • ¿Cuándo debes realizar el trámite?
  • Si estas interesado en realizar cualquier tipo de obra en áreas de monumentos arqueológicos o donde se presuma su existencia, así como la realización de obra en un inmueble o predio colindante a un área de monumentos arqueológicos.

  • Medios por los que puedes efectuar el trámite
En línea

    Llena el formulario, adjunta la documentación requerida y envíalo.

    El personal de la Ventanilla verificará la información y documentos, si está todo correcto y completo, te será enviado un correo electrónico con el número de expediente asignado, la fecha probable de respuesta y te indicará el día y la hora para que te presentes en las instalaciones que ocupa la Ventanilla, con el formato firmado y los documentos que ingresaste al sistema.

    En caso contrario, se te notificará también vía correo electrónico, la información que debes corregir y/o los documentos faltantes. Por ello, te pedimos estar al pendiente de tu correo electrónico. Si no recibes ninguna notificación en el término de dos días hábiles deberás ponerse en contacto con la ventanilla del centro INAH de tu estado.


En Línea Llena el formulario en línea

De forma presencial

    Acude al Centro INAH de tu entidad y preséntate en la Ventanilla INAH con el formato INAH-05-001 impreso (el formato deberá estar firmado de manera autógrafa), y la documentación requerida; deberás llevar todo en forma impresa (1 original) y digital.

    El personal de la ventanilla INAH realizará la revisión de la información presentada, si está todo correcto y completo procederá al registro en línea; al finalizar te entregará el acuse que arroja el sistema con el número de expediente asignado y la fecha probable de respuesta. En caso contrario, te indicarán, la información que debes corregir y/o los documentos faltantes.

    Consulta el número telefónico y/o correo electrónico del Centro INAH: cnci.inah.gob.mx/publico/index.php


De forma presencial Descarga, llena, imprime
para entregar
  • Documentos que debes anexar a la solicitud
    1. Llenar el formato INAH-05-001
    2. Memoria descriptiva: De acuerdo con el tipo de obra de infraestructura, deberá contener las especificaciones técnicas sobre área, plazos, cronograma de obra y sistemas constructivos, incluyendo profundidades de cimentación, excavación, sondeos, dimensiones
    3. Cinco fotografías del predio (interior y exterior).
    4. Identificación oficial del propietario o representante legal.
    5. Planos de obra o plano arquitectónico de planta general y cortes planta baja, o en su caso, sótanos, especificando profundidad de cimentación.En la entrega presencial de documentos y de ser posible proporcionarplanos en formato digital con extensiones .shp, .dwg o .kmz georreferenciados en UTM, indicando la (11-16)
  • Información importante a considerar:
  • La persona solicitante, estará obligada en anexar, además de lo anterior: Certificado único de zonificación de uso de suelo vigente o Certificado Único de Zonificación del Suelo Digital o Certificado de Acreditación de Uso del Suelo por Derechos Adquiridos, expedida por la autoridad local, así como el alineamiento y número oficial, cuando, dicho documento no pueda ser consultados a través del link proporcionado en el formato.
  • En caso de personas físicas que cuenten con representante legal, podrá anexar al presente formato “la carta poder” autorizada por el Instituto Nacional de Antropología e Historia; o, el instrumento público que lo faculte para la realización del trámite. Tratándose de personas morales, deberá de presentar el acta constitutiva y la acreditación del representante legal.
  • De requerir que el trámite se registre por el personal de la Ventanilla INAH deberá llevar los documentos en archivo digital, el formato de solicitud firmada, así como la documentación en original y una copia.

  • Plazos de respuesta
  • 30 días hábiles.

  • ¿Cuánto debes pagar?
  • El trámite es gratuito.

  • Vigencia del trámite
  • La vigencia del Visto Bueno concluye cuando se realice cualquier modificación al programa de obra para el cual se realiza la presente solicitud, motivará la revocación del Visto Bueno.

  • Criterios de resolución del trámite
  • El criterio de resolución del trámite es que con el proyecto no haya afectación al patrimonio arqueológico-paleontológico.

    La respuesta puede darse en los siguientes términos: a. Se otorga el Visto Bueno de obra en áreas de monumentos arqueológicos o en que se presuma su existencia. No se afecta el patrimonio; más no excluye supervisión arqueológica. b. No se otorga el Visto Bueno de obra en áreas de monumentos arqueológicos o en que se presuma su existencia. Se afecta el patrimonio. c. Es viable otorgar el Visto Bueno de obra en áreas de monumentos arqueológicos o en que se presuma su existencia, pero requiere intervención arqueológica (salvamento o rescate) o incluso modificación del trazo o plan de obra.

  • Información adicional
  • Si la obra requiere excavación o recimentación en un monumento histórico o en un predio o inmueble colindante con un monumento histórico, deberá realizar el trámite INAH-02-002-A Permiso de obra en monumento histórico. La respuesta de éste trámire será emitida por el Instituto una vez que se haya obtenido el resolutivo del trámite INAH-05-001 Visto Bueno de obra en área de monumentos arqueológicos o en que se presuma su existencia

    Si usted requiere únicamente conocer si su predio se encuentra o no en una zona de monumentos arqueológicos o donde se presuma su existencia o su colindancia con un monumento arqueológico,puede realizar de manera gratuita el tramite INAH-07-001 Modalidad B Consulta de inmuebles o predios que se encuentren o colinden con un monumento o sitio arqueológico,trámite de consulta que no constituye un visto bueno.