Solicitud para el reconocimiento de asociaciones civiles, juntas vecinales y uniones de campesinos, como órganos coadyuvantes del INAH
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¿Por qué debes realizar el trámite?
Porque así lo establece el Artículo 2° de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y los Artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 de su Reglamento.
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¿Cuándo debes realizar el trámite?
El trámite lo deben realizar los organismos públicos, instituciones privadas u otros (Asociaciones civiles, juntas vecinales o uniones de campesinos) que quieran ser reconocidas oficialmente ante el Instituto; como órgano auxiliar, para impedir el saqueo arqueológico y preservar el patrimonio cultural de la Nación.
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Medios por los que puede efectuar el trámite
Presencial: Oficinas de atención
- Acude al Centro INAH de tu entidad y preséntate en la Ventanilla Única con el formato INAH-01-003 (1 original y 1 copia), adjunta la documentación requerida, espera la fecha de resolución y recibe oficio de respuesta.
En linea
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¿Cuánto debes pagar?
El trámite es gratuito.
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Documentos que debes anexar a la solicitud
- Acta constitutiva ante notario público, en caso de las asociaciones civiles, (1 copia)
- Carta de no antecedentes penales de cada uno de los integrantes (1 original y 1 copia)
- Identificación oficial con fotografía del solicitante. En caso de las juntas vecinales o uniones de campesinos deberán anexar la identificación de cada uno de sus integrantes (1 copia).
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Plazo de respuesta
30 días hábiles
Si al término del plazo máximo de respuesta, la autoridad no ha respondido, se entenderá que la solicitud fue resuelta en sentido negativo.
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Vigencia del trámite
La vigencia es indefinida.
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Criterios de resolución del trámite
- Que se reúnan todos los documentos señalados.
- Que los objetivos que se plantea la asociación civil, junta vecinal o unión de campesinos sea afín a lo establecido en el artículo 1° del Reglamento de la Ley sobre Monumentos y zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.
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Información adicional
El formato INAH-01-003 también puedes obtenerlo en las Ventanillas Únicas de Atención INAH.
Las asociaciones civiles deberán anexar acta constitutiva ante notario público.
Las juntas vecinales o uniones de campesinos deberán de estar integrados por 10 miembros como mínimo.
Los objetivos deben ser afines a lo establecido en el Artículo 1° del Reglamento de la Ley Federal sobre Monumentos Arqueológicos, Artísticos e Históricos.
Para la entrega de la respuesta; debes proporcionar una copia de identificación oficial.