Solicitud para la inscripción de monumentos arqueológicos, históricos y de comerciantes en monumentos históricos; en el registro público de monumentos y zonas arqueológicas e históricas.
Modalidad A) Inscripción de monumentos arqueológicos muebles bajo custodia de particulares.
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¿Por qué debe realizar el trámite?
Porque así lo establece los Artículo 22 y 23 , de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y los Artículos 10, 11, 12, 17, 21, 23 y 28, de su Reglamento.
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¿Cuándo debe realizar el trámite?
Si se cuenta con piezas arqueológicas, sin importar el número, debe registrarlas ante el Instituto Nacional de Antropología e Historia.
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Medios por los que puede efectuar el trámite
Presentar en las Ventanillas Únicas del INAH, escrito libre, el cual debe contener los datos de información establecidos en el Artículo 15 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Debe presentar 1 original(es) y 1 copia(s).
También puede ser presentado utilizando el formato:
INAH-03-001-A "Solicitud para la inscripción de monumentos arqueológicos, históricos y de comerciantes en monumentos históricos; en el registro público de monumentos y zonas arqueológicas e históricas.". Debe presentar 1 original(es) y 1 copia(s).
O a través de correo electrónico (tramites@inah.gob.mx) enviando el formato INAH-03-001-A o escrito debidamente llenado, así como la documentación requerida. Sin embargo, la respuesta deberá ser recibida de manera personal en la Ventanilla Única de Atención INAH, previo pago de los derechos correspondientes, y de la entrega del formato firmado de manera autógrafa así como la presentación de la identificación del solicitante.
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¿Cuánto debe pagar?
Las tarifas se encuentran establecidas en la Ley Federal de Derechos; Art. 177. Fracción I. Expedición de cédula individual de registro de objeto $14.00
El pago se hará en el momento en que sea entregado el permiso o autorización.
Se exceptúa del pago de derechos previsto en esta fracción a las asociaciones civiles, juntas vecinales y uniones de campesinos, autorizados por el Instituto Nacional de Antropología e Historia como órganos auxiliares para preservar el patrimonio cultural de la Nación; así como dependencias y entidades de los gobiernos Federal, Estatal y Municipal.
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Documentos que debe anexar a la solicitud
- Copia de identificación oficial vigente. (1 copia).
- Copia de documentos constitutivos (en el caso de personas morales). (1 copia)
- En caso de ser extranjero, acompañar de documentación que acredite su estancia legal en el país. (1 copia).
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Vigencia del trámite
Plazo de respuesta
10 días hábiles.
La vigencia es indeterminada.
Información adicional
El formato INAH-03-001-A lo puede obtener en las Ventanillas Únicas de Atención INAH.
El pago de los derechos se actualiza permanentemente de acuerdo a lo señalado en la Ley Federal de Derechos.
La respuesta por oficio será enviada al domicilio del solicitante, o recibida de manera personal en la Ventanilla Única de Atención del INAH en que inició el trámite.
El trámite puede ser presentado por medios de comunicación electrónica, sin embargo, la respuesta deberá ser recibida de manera personal en la Ventanilla Única INAH, previo pago de los derechos correspondientes, y de la entrega del formato firmado de manera autógrafa
En el caso de la inscripción de monumentos arqueológicos muebles, se entregará al solicitante la Concesión de uso respectiva al finalizar el proceso de registro.
La inscripción no determina la autenticidad del bien registrado (Art. 24, Capítulo II de la LFMZAAH).
Si el solicitante requiere las cédulas individuales de registro del objeto, deberá cubrir el monto señalado en la Ley Federal de Derechos Vigente.
Si cuenta con obras con declaratoria de Monumento Artístico y desea registrarlas, inicie sesión para continuar con el proceso o regístrese como usuario.