Solicitud de autorización de reproducción de monumentos.
Modalidad A) Imagen proveniente de los acervos del Instituto Nacional de Antropología e Historia.
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¿Por qué debe realizar el trámite?
Porque así lo establece el Artículo17, de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y los Artículos 38, 39 y 40, de su Reglamento.
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¿Cuándo debe realizar el trámite?
Si se está interesado en reproducir monumentos arqueológicos e históricos o imágenes provenientes de los acervos del Instituto Nacional de Antropología e Historia.
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Medios por los que puede efectuar el trámite
Presentar en las Ventanillas Únicas del INAH, escrito libre, el cual debe contener los datos de información establecidos en el Artículo 15 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Debe presentar 1 original(es) y 1 copia(s).
También puede ser presentado utilizando el formato:
INAH-01-004-A "Solicitud de autorización de reproducción de monumentos". Debe presentar 1 original(es) y 1 copia(s).
O a través de correo electrónico (tramites@inah.gob.mx) enviando el formato INAH-01-004-A debidamente llenado, así como la documentación requerida. Sin embargo, la respuesta deberá ser recibida de manera personal en la Ventanilla Única de Atención INAH, previo pago de los derechos correspondientes, y de la entrega del formato firmado de manera autógrafa así como la presentación de la identificación del solicitante.
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¿Cuánto debe pagar?
I.- Impresos de 1 a 1000 ejemplares $667.00
II.- Impresos de 1001 ejemplares en adelante $1,060.00
Las tarifas se encuentran establecidas en la Ley Federal de Derechos; Art. 288 E y F.
El pago se hará en el momento en que sea entregado el permiso o autorización.
- Sinopsis (texto en que se exponen, los detalles de la publicación),
- Dummy (boceto de alto nivel de calidad el cual contiene ya todos los elementos visuales que se utilizarán).
Documentos que debe anexar a la solicitud
1. Guión (sinopsis o dummy) del uso de la(s) imagen(es);
2. En el caso de Variación de uso comercial de reproducciones previamente autorizadas; anexar la copia del permiso anterior.
En casos de reimpresión será necesario presentar también la fotografía de la imagen, referencias bibliográficas y autorización del propietario, poseedor o concesionario
Se debe presentar en 1 original(es) 0 copia(s).
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Plazos de respuesta.
10 días hábiles.
Cuando ya existe una autorización de por medio el trámite se resuelve en forma inmediata, en caso de que se anexe declaración bajo protesta de decir verdad de que cumple con lo siguiente: La reimpresión es en el mismo medio previamente autorizado. No se modifica la imagen. No se afectan las cualidades monumentales del bien reproducido. No se sobreponen otras imágenes. No se varía la imagen previamente autorizada.
3 días para los demás casos.
Si al término del plazo máximo de respuesta, la autoridad no ha respondido, se entenderá que la solicitud fue resuelta en sentido negativo.
- Que no se afecte la integridad del patrimonio.
- Que no se distorsione la imagen del mismo.
Criterios de resolución del trámite
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Información adicional
El formato INAH-01-004-A también lo puede obtener en las Ventanilla Únicas de Atención INAH.
El formato deberá ser firmado de manera autógrafa.
El pago de los derechos se actualiza permanentemente de acuerdo a lo señalado en la Ley Federal de Derechos.
El trámite puede ser presentado por medio de correo electrónico, sin embargo la respuesta deberá ser recibida de manera personal en la Ventanilla Única de Atención del INAH, previo pago de los derechos correspondientes, y de la entrega del formato firmado de manera autógrafa así como de la presentación de la identificación del solicitante.
Cuando las solicitudes se hayan realizado por correo electrónico; en el momento oportuno se informará al interesado el estado de su solicitud, mediante el mismo medio o cualquier otro.
En caso de reimpresión será necesario presentar también la fotografía de la imagen, referencias bibliográficas y autorización del propietario, poseedor o concesionario.
Cuando se presenten documentos en idioma distinto al español, deberá acompañarse la traducción correspondiente.
Para la entrega de la respuesta; deberá proporcionar copia de identificación oficial.