Permiso de obra en monumentos históricos, en inmuebles colindantes a un monumentos históricos, y en inmueble que no son monumentos históricos ni colindantes a éstos pero están localizados en zonas de monumentos históricos.

Modalidad B: Realización de obra mayor en un inmueble que colinda con uno considerado Monumento Histórico.




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Se consideran como obras menores a todas aquellas que no se encuentren incluidas en el listado de obras mayores.

Para la realización de las siguientes obras: ampliación; obra nueva, reestructuración, recimentación, troquelamiento y excavación, se requiere el Visto bueno de la Dirección de Salvamento Arqueológico del INAH, (Trámite INAH-05-001).

Con el fin de que el solicitante pueda dar continuidad a los trámites respectivos ante otras autoridades competentes una vez aprobada la solicitud el interesado deberá presentar dos juegos de planos completos del proyecto autorizado; los cuales deberán estar firmados de manera autógrafa por el propietario y del arquitecto responsable, para certificación del Instituto.

A juicio del Instituto, deberá otorgar fianza que garantice a satisfacción el pago por los daños que pudiera sufrir el monumento histórico colindante. (1 original(es) 1 copia(s).

La autorización emitida tiene una vigencia de un año la cual puede ser prorrogable por un período igual, para tal caso La solicitud de prórroga es viable siempre y cuando se haya iniciado la obra y esta no se hubiere concluido.

Si no ejecutaron las obras autorizadas en la licencia dentro de su vigencia o no se solicitó la prórroga en el término establecido, deberá solicitar una nueva Licencia.

Cuando la autorización se encuentre vigente y el interesado requiera realizar modificaciones al proyecto previamente aprobado, el interesado deberá solicitar una Modificación de Proyecto.

Este trámite no puede presentarse por medios de comunicación electrónica, correo, mensajería o telefax.

Una vez concluida la obra, el solicitante deberá dar aviso de terminación de obra.