Autorización para colocar anuncios, toldos y/o antenas en monumentos históricos, en inmuebles colindantes con éstos o en zona de monumentos históricos declaradas.
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¿Por qué debe realizar el trámite?
Con base en lo señalado por la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y su Reglamento, para la colocación de anuncios, toldos y/o antenas, en monumentos históricos, inmuebles colindantes a éstos o en inmuebles en zona de monumentos históricos, los propietarios o poseedores de esos bienes, requieren de la autorización expresa del Instituto Nacional de Antropología e Historia.
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¿Cuándo debe realizar el trámite?
Cuando el interesado (propietario y/o poseedor) tengan interés en instalar anuncios y/o toldos en inmuebles considerados Monumentos Históricos, en inmuebles colindantes con éstos o en Zonas de Monumentos Históricas declaradas. Asimismo cuando el interesado (propietario y/o poseedor) tengan interés en instalar antenas en inmuebles considerados Monumentos Históricos, en inmuebles colindantes con éstos o en Zonas de Monumentos Históricas declaradas. O en su caso, cuando el interesado (propietario y/o poseedor) tengan interés en instalar cualquier otro elemento publicitario ajeno a los elementos arquitectónicos del inmueble en cuestión.
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Medios por los que puede efectuar el trámite
Utilizando el formato:
- INAH-02-001 "Autorización para colocar anuncios, toldos y/o antenas en monumentos históricos, en inmuebles colindantes con éstos o en zona de monumentos históricos declaradas.". Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2001. Debe presentar 1 original(es) y 1 copia(s).
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¿Cuánto debe pagar?
Trámite sin costo.
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Documentos que debe anexar a la solicitud
- Dibujo a escala del diseño del anuncio, toldo o antena. En el caso de anuncios señalar el texto.
- Fotografías a color de la fachada del inmueble y del (los) lugar (es) donde será colocado el anuncio, toldo o antena, las que se presentarán adheridas en hojas tamaño carta.
- Documentos legales que acrediten la propiedad del inmueble (Escritura Pública o Contrato de Arrendamiento, en su caso con la autorización por escrito del propietario del inmueble).
- Copia de identificación oficial del solicitante y/o del propietario del inmueble.
- En su caso copia del documento que acredite la personalidad del representante legal y original para su cotejo.
- En los casos de uso de logotipo y/o de un idioma distinto al español se debe justificar la razón.
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Plazos de respuesta
10 días contados a partir del primer día siguiente a la fecha de recepción de la solicitud.
En el caso de no obtener respuesta en el tiempo señalado, el interesado considerará que la solicitud fue negada.
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Fundamento jurídico
Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, artículos 42, 43 y 44.
Reglamento de Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, artículos 42, 43, 44.
Acuerdo No. 394 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de junio de 1999, por el que se dan a conocer los Trámites y Servicios Inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, a cargo de la Secretaría de Educación Pública y del Sector que coordina.
Lineamientos Mínimos a ser considerados por los Municipios para autorizar la colocación de anuncios, toldos y/o antenas en Monumentos Históricos, inmuebles colindantes con éstos y zonas de Monumentos Históricos, para realizar trámites ante el este Instituto", publicados en el Diario Oficial de la Federación del 18 de junio de 2001.
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Vigencia de la Autorización
La Autorización tiene una vigencia indefinida siempre y cuando se conserven las características del anuncio, toldo y/o antena autorizados.
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Información adicional
Los anuncios, toldos y/o antenas no deben alterar el monumento histórico ni sus visuales, el contexto urbano o el de las zonas de monumentos históricos.
No se autoriza la colocación de anuncios espectaculares en: zonas de monumentos históricos, en inmuebles con carácter de monumento histórico así como en los inmuebles colindantes a éstos.
Con el fin de que el solicitante pueda dar continuidad a los trámites respectivos ante otras autoridades competentes una vez aprobada la solicitud el interesado deberá presentar tres fotografías iguales a color de los espacios en los que llevará a cabo la instalación de anuncio, toldo y/o antena según corresponda, para certificación del Instituto.
Este trámite no puede presentarse por medios de comunicación electrónica, correo, mensajería o telefax.
El formato INAH-02-001 también lo puede obtener en las Ventanillas Únicas de Atención INAH.